Bases epistemológicas, sanitarias y legales respecto a la participación de la Educación Física en el proceso de rehabilitación |
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Universidad Católica de La Plata (Argentina), Facultad de Ciencias de la Educación. Carrera de postgrado para Profesores en Educación Física "Especialista en rehabilitación por el Ejercicio" * Director y docente de la carrera de postgrado (UCALP). **Docentes de dicha carrera (UCALP). |
Prof. José María Alurralde* Prof. Matías Scavo** Prof. Rodrigo Anaya** matiasscavo@hotmail.com (Argentina) |
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Publicado en el 5° Congreso Argentino de Educación Física y Ciencia - UNLP
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http://www.efdeportes.com/ Revista Digital - Buenos Aires - Año 9 - N° 60 - Mayo de 2003 |
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Introducción
La discusión respecto a la incumbencia profesional de la EF es de larga data y aún inconclusa. Ha pasado a lo largo de la historia por varias etapas. Desde la educación para el movimiento planteada a principios de siglo hasta la educación a través del movimiento de los psicomotricistas de la década del 60.
El problema que nos planteamos aquí es el de la EF terapéutica tal como se la conoce en otros lugares del mundo o también la EF médica.
¿Es la rehabilitación física un acto educativo? ¿Puede la EF aportar desde su propio campo al proceso de rehabilitación? ¿Cuál es su propio campo? ¿Es probable que exista un aprendizaje motor para sujetos sanos y otro para quienes no lo son? ¿Quién es sano?
Estas preguntas formuladas a partir de la experiencia de los autores, quienes se desenvuelven en el ámbito de la rehabilitación hace varios años, echando mano a recursos didácticos que han aprendido en su formación de grado como Profesores en EF, y son docentes universitarios de postgrado en rehabilitación para Profesores en EF, son el motor de este trabajo, y cuenta con la inevitable escasez de formación en teoría de la EF y epistemología. El presente intenta centrar una discusión para que sea retomada por investigadores con más luces sobre el tema y abrir un debate que en Argentina trae aparejadas controversias.
Marco teóricoSegún la OMS, el objetivo de la rehabilitación es un "rápido retorno al estilo de vida normal o lo mas semejante al que el individuo tenía previo a su enfermedad, que le permita cumplir un rol satisfactorio en la sociedad retornando a una vida activa y productiva". (1) A partir de aquí podemos ensayar nuestra primer pregunta: ¿puede un sujeto que practica deporte retornar a el sin el Profesor en EF?, pues no, el momento de alta del paciente según la definición anterior esta dado luego de la acción del Profesor en EF que actúa como una especie de terapista ocupacional del deporte.
José María Cagigal (1968): Defiende el carácter científico de la EF, adscrita a las ciencias pedagógicas: "La educación física va estructurando sus conocimientos, se esfuerza por estandarizar internacionalmente los métodos de observación, adquiriendo una sistemática cada vez más especifica, y delimita su objeto propio, concretándolo en el hombre en movimiento o en cuanto capaz de movimiento, con todas sus consecuencias culturales".
El objeto de estudio es para Cagigal "El hombre en movimiento y las relaciones creadas a partir de esa actitud y aptitud".
El sujeto aprende lo que practica. Esa práctica está vinculada a motivaciones personales de una clara influencia cultural.
El modo en que la neuroplasticidad del sistema nervioso produce la reorganización cortical luego de la lesión es el mismo con el que el sujeto joven o adulto aprende tareas nuevas. (2)
En tal sentido las corrientes actuales de aprendizaje basado en la tarea (3), revalorizan la importancia de la motivación y del contexto cultural del sujeto a partir de elegir actividades propias de su acervo previo.
Por otro lado cabe destacar que las adaptaciones biológicas con las que ocurre el proceso de rehabilitación por ejercicios no distan en nada a lo planteado por la teoría del entrenamiento deportivo. (4) No hay criterio de pausa, carga, densidad etc., que sea diferente según se trate de un sujeto sano o enfermo dándole a estos términos una particular definición que pondremos en discusión posteriormente.
Las aparentes dicotomíasBásicamente los argumentos que han separado al Profesor en EF de la rehabilitación terciaria son:
La EF tiene alumnos y no pacientes.
La EF tiene finalidad pedagógica y no terapéutica.
La EF debe trabajar sobre personas sanas y no enfermas.
Respecto al primer punto nos haremos la siguiente pregunta: un sujeto que realiza ejercicios con la finalidad de mejorar una determinada capacidad física, que aprende un movimiento lo corrige y lo automatiza, ¿pierde su condición de alumno por el solo hecho de estar enfermo? ¿Pierde su terapeuta su carácter de docente por el mismo motivo? Los artículos de revistas de medicina física (5), hablan de que el paciente de rehabilitación es y debe ser tratado como un alumno que re- aprende a través del movimiento. ¿Cómo llevar esto a cabo si el equipo de rehabilitación no tiene un educador del movimiento? (6) Se refiere al re-aprendizaje motor basado en la tarea cuyos ensayos clínicos muestran mayores resultados que las terapéuticas convencionales diciendo: "En vez de tratar al paciente el objetivo es entrenarlo". ¡Y no son revistas de Educación Física! Re- aprender, re- educar parecen ser las nuevas tendencias de la rehabilitación física internacional sin embargo seguimos negándonos a la participación de entrenadores y educadores en ella.
El segundo punto es más controvertido aún: supone pensar que el movimiento se puede separar en su intencionalidad. Que hay movimiento que educa y movimiento que rehabilita. Terapéutica por definición es el lo referente al tratamiento de una enfermedad; y tratamiento es todo recurso tendiente a la mejoría del paciente. (7) En términos simples el movimiento terapéutico es todo movimiento que "hace bien" a la salud. ¿Podemos educar por el movimiento con la sola condición de que no haga bien?
De tal manera la negación a que los Prof. en EF participen de cualquier finalidad terapéutica traería aparejado la negación a que cualquier discapacitado motor ingrese a un gimnasio común a realizar cualquier tipo de actividad física (!?), lo que constituiría una clara práctica discriminatoria, a no ser que nos la ingeniemos para lograr una clase cuyo objetivo fundamental sea que al paciente no le sirva.
Algunos centros de rehabilitación que obligados por cuestiones legales (8, 9, 10), se ven obligados a nombrar Profesores en EF, cometen la aberración pedagógica de darles la función de ejercitar el lado no afectado, en los pacientes hemipléjicos o los miembros no afectados en paraplejías, como si eso no fuera terapéutico (terapia sustitutiva) (11), como si eso no tuviera repercusiones en el lado "mas afectado", (12) como si esa parte de la anatomía no se afectara realmente, (13) o lo que es peor como si coexistieran en el sujeto un lado "sano" y uno "enfermo". Consideramos a ese tipo de prácticas frecuentes en nuestro país como uno de los mejores argumentos de que al equipo de rehabilitación le falta educadores.
El desarrollo de las nuevas estrategias de rehabilitación (14, 15) se diferencia de las estrategias llamadas neurofisiológicas (16, 17,18, 19, 20) a partir de los aportes que a la neurofisiología le hacen la biomecánica, la psicología conductual y la teoría del aprendizaje (21, 22). Sin embargo pese a que en el equipo abundan profesionales con formación en neurofisiología, biomecánica y psicología, existen poderosas resistencias dentro de otros profesionales (¿intereses económicos?) y aún dentro de la propia EF para que los especialistas en aprendizaje motor no participen.
Según (23), "La Kinesiología, como ciencia que estudia el movimiento, no incluye el aspecto pedagógico del problema o sistema; es decir estudia el movimiento puro como tal (23); pues de incluirle el aspecto pedagógico dejaría de ser Kinesiología para convertirse en Educación Física". Es decir, para la aplicación de las leyes kinesiológicas al hombre se necesita de un proceso de aprendizaje (leyes pedagógicas) y la única con posibilidades de realizar este cometido es la EF; lo otro sería el ejercicio por el ejercicio, que puede traer resultados positivos o negativos según las leyes biológicas (salud) del organismo.
El tercer punto merece un apartado especial ya que corresponde a razones de fundamentos sanitarios. Coincidimos con el Dr. Pedraz en que la construcción del concepto de salud y del hábito de vida saludable se construye conforme a los parámetros de la sociedad de consumo y en que la identidad del proceso de salud y enfermedad y el establecimiento de los límites mas o menos difusos entre uno y otro pertenecen a un criterio de estado real imaginario. (24)
Por otro lado la literatura que cuestiona las fronteras entre la salud y la enfermedad y la construcción social de estos estados es abundante y de larga data. (25, 26) De manera que ser los únicos profesionales cuya actuación queda supeditada al estado de salud del individuo parece no solo estar condenados a una nebulosa permanente en el campo de acción, sino también una total incongruencia e injusticia.
Aspectos legalesAl respecto del sustento legal que habilita a los Prof. en EF para la práctica de la rehabilitación en el plano internacional, la "CARTA INTERNACIONAL DE LA EDUCACIÓN FÍSICA Y EL DEPORTE", de 1978 en su artículo primero señala que "la práctica de la Educación Física y el Deporte es un derecho fundamental para todos" y en su inciso tercero se planteara que "se han de ofrecer oportunidades especiales a los jóvenes comprendidos en la edad preescolar, a las personas de edad (actualmente Tercera Edad) y a los DEFICIENTES (enfermos), a fin de hacer posible el desarrollo integral de su personalidad gracias a unos Programas de Educación Física y Deporte ADAPTADOS A SUS NECESIDADES".
Posteriormente, en la Asamblea General del X Congreso Panamericano de Educación Física, celebrada en la Habana del 6 al 12 de Julio de 1986, en su artículo segundo se señala: Organizar los trabajos de los congresos a partir de un tratamiento especializado a los problemas fundamentales del Continente y a nuestros intereses que puedan sintetizarse en las siguientes líneas de acción:
Atención a las personas con impedimentos y a la aplicación de planes especializados de GIMNASIA TERAPEUTICA.
Aspectos biomédicos de la Educación Física.
En Argentina y particularmente en la provincia de Buenos Aires podemos comenzar con la ley Nacional de discapacidad que en su artículo cuarto establece la participación de recursos educativos dentro del proceso. (27, 28)
La ley 10.592 pera el programa de reordenamiento de las prestaciones del IOMA (29) establece que los Profesores en EF deben figurar en los recursos humanos para las modalidades de rehabilitación clínica, centro de día, hogar, etc., estableciendo su decreto reglamentario la proporción óptima de pacientes.
El Decreto de la Pcia. De Buenos Aires aprobada por el Ministerio de Salud el 5 de junio de 2000, establece que los Profesores en EF son recursos humanos autorizados por este ministerio para desempeñarse en las diversas modalidades de atención a la discapacidad, incluidos los centros de rehabilitación. Pero este decreto, fundamentado en las leyes anteriores avanza más aún que estas: delimita la función. "Evaluación completa del paciente con finalidad recreativa o terapéutica. Tratamiento específico de cada uno de los déficits corporales: equilibrio coordinación etc. Asesoramiento familiar". (30)
Dentro de los fundamentos legales aunque también con implicancias sanitarias está el hecho de que la responsabilidad de las prácticas sanitarias recaen sobre el médico y que la decisión máxima respecto a esa práctica responde a las normativas que establece una determinada sociedad de especialistas. En este sentido debemos citar las "Bases y normativas para la práctica de ergometría y rehabilitación cardiovascular", redactado por el comité argentino de dicha práctica. (10) El documento, al igual que los anteriores establece que los Profesores en EF deben desempeñarse en la rehabilitación cardiovascular.
ConclusionesHemos detallado algunas fundamentaciones en tres aspectos que creemos importantes.
Respecto a la epistemología seguimos la línea de pensamiento de que enseñar, corregir y entrenar movimiento, independientemente de su finalidad e independientemente de la abstracta y artificial categorización del individuo como sano o enfermo; es un acto educativo y requiere entre otros, de un educador del movimiento.
Que la salud y la enfermedad son estados basados en un ideal imaginario y es una frontera imposible de trazar con la suficiente claridad para negar a una profesión el ejercicio de la misma.
Que la rehabilitación tal como la entienden los organismos internacionales de salud es imposible sin el aporte de la EF.
Que existen leyes, decretos y normativas de entidades autorizadas que avalan dicha practica en Argentina y Buenos Aires.
Finalmente creemos que queda mucho por investigar y debatir en este aspecto, principalmente en cuanto a la delimitación del campo. Sobre el particular citamos a Parlebas que refiriéndose al tema dijo:
"Yo no sé lo que sucede en Argentina, pero en Francia es el médico el que dirige todo esto. No excluye el papel del Profesor en EF pero, lo coloca en su lugar. Y su lugar es justamente, conducir estas conductas motrices para llevar adelante la rehabilitación de este enfermo que tiene delante. Lo decía antes, podemos trabajar con personas de la tercera edad, sucede de la misma manera, o niños de muy corta edad. Hay que adaptar entonces las actividades motrices a las características de la persona con la que uno trabaja, tanto con los discapacitados físicos como con los discapacitados mentales. Pero ahí hay que trabajar en conjunto con un psiquiatra, porque la persona competente en este aspecto no es el Profesor en EF sino el psiquiatra. Pero efectivamente, tenemos un rol para jugar en la rehabilitación física". (31)
Bibliografía consultada
Bibliografía consultada
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Bobath, B. Adult hemiplegia. Evaluation and treatment. Oxford. Buttenworth-Heinemann (1990).
Bunnstrom, S. Movement therapy in hemiplegia. Londres (1970).
Carr, JH; Shepherd, RB. A motor relearning program for stroke. Rokeville: aspen system (1987).
Carr, JH; Shepherd, RB. Neurological rehabilitation: Optimizing motor performance. Oxford (1998).
Cifu, DX; Stewart, DG. Factors effecting functional outcome after stroke. Archives Physical Medicine Rehabilitation (1999).
Cramer, SC; Bastings, EP. Mapping clinically relevant plasticity after stroke. Neurofarmacology (2000).
Decreto reglamentario de la ley 10592 del programa de reordenamiento de las prestaciones del IOMA.
Decreto reglamentario del 5 de Junio del ano 2000.
Diccionario Médico. Ed. El Ateneo.
Farher, Rodolfo. Temas de psicología médica. Ed. CTM (1986).
Harre, Dietrich. Teoría del Entrenamiento Deportivo.- Ciudad de la Habana: Editorial. Científico Técnico, 1983.
Intervenciones para mejorar la función motora en el paciente con Ictus. Revista de la Sociedad Española de Medicina Física y rehabilitación. Vol. 34 (2000).
Knott, M; Voss, D. Propioceptive neuromuscular facilitation. Londres, Harper & Row. Segunda edición (1968).
Ley 10592 de la provincia de Buenos Aires.
Ley 10592 del programa de reordenamiento de las prestaciones del IOMA. Legislatura de la Provincia de Buenos Aires (1997).
Ley Nacional de Discapacidad.
Ley provincial de discapacidad de la Pcia. de Buenos Aires.
Normativas y bases para la práctica de la Rehabilitación cardiovascular y Ergometria. Comité ejecutivo del Consejo Argentino de Ergometria y Rehabilitación. Sociedad Argentina de Cardiología (1994).
Organización mundial de la salud (OMS). (1970).
Parlebas, P. Problemas teóricos y crisis actual en la Educación Física. Revista digital de Educación Física y Deportes. www.efdeportes.com Año 2, Nro. 7. (Octubre 1997).
Pedraz, Vicente. Poder y cuerpo, el incontestable mito de la relación entre ejercicio y salud.
Rehabilitación: Revista de la Sociedad Española de Rehabilitación y Medicina Física. Vol. 33 y 34 (2000).
Rood, MS. Neuro-physiological reaction as a basis for physical therapy. Physical Therapy Reviews (1954).
Stoke María. Rehabilitación neurológica. Cap 21 (1998).
Stoke María: Rehabilitación neurológica. Cap. 21, Pág. 523 (1998).
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revista
digital · Año 9 · N° 60 | Buenos Aires, Mayo 2003 |