El tráfico ilegal de niños, niñas y adolescentes en Guayas y Chimborazo con fines de explotación sexual Illegal trafficking in children and adolescents and Chimborazo & Guayas for sexual exploitation |
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*Universidad de Guayaquil **Fiscalía General del Estado (Ecuador) |
Ab. Melvin José Zavala Plaza* Ab. María Yanina Villagómez Oñate** |
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Resumen El presente artículo describe los pasos metodológicos establecidos por los autores para realizar una investigación relacionada con la explotación sexual en las provincias de Chimborazo y Guayas, República del Ecuador. Luego del planteamiento del problema investigativo, se específica las bases teóricas para realizar la investigación. Palabras clave: Tráfico. Explotación sexual.
Abstract This article describes the methodological steps established by the authors to conduct research related to sexual exploitation in the provinces of Chimborazo and Guayas, Ecuador. Following the approach of the research problem, the theoretical bases for specific research. Keywords: Trafficking. Sexual Exploitation.
Agradecimientos Al Programa Prometeo de la Secretaria de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt) de la República del Ecuador.
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EFDeportes.com, Revista Digital. Buenos Aires, Año 19, Nº 195, Agosto de 2014. http://www.efdeportes.com |
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Planteamiento del problema
En los últimos años se ha avanzado tanto en el conocimiento como en las medidas adoptadas, la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes (ESCNNA) sin embargo sigue siendo un fenómeno que convoca al estudio y al compromiso. De los pocos datos existentes hasta ahora, se ha podido establecer que existen países o zonas de origen de la trata, generalmente zonas deprimidas económicamente, y otras de tránsito o destino, esta últimas con cierto desarrollo económico.
La trata es considerada una forma moderna de esclavitud humana, sus víctimas mayoritariamente niños, niñas y adolescentes son reclutados desde los sectores desprotegidos de la sociedad, lo que les hace muy vulnerables, la mayoría de veces, a través de falsos ofrecimientos de mejoras económicas, que luego se convierten en violencia, explotación y desconocimiento de todos sus derechos como personas.
Según el departamento de Estado de Estados Unidos, este negocio genera unos 9.5 billones de dólares al año, y es una actividad, en cuanto a los réditos que genera, que se encuentra solo por debajo del tráfico de drogas y de armas, inclusive se cree que los tratantes de personas utilizan las mismas rutas del tráfico de drogas y armas para trasladar a las personas (Chaher y Santero, 2005). Según estimaciones de las Naciones Unidas la trata con fines de explotación sexual mueve entre cinco y siete billones de dólares al año (Macassi, 2003).
El reporte del Gobierno de Estados Unidos de 2005 sobre trata de personas, estima que entre 600 mil y 800 mil hombres, mujeres, niñas y niños son tratados cada año internacionalmente, de estos, el 80% son mujeres y niñas, y el 50% son menores de edad (Department of State, 2003). Estos datos hacen pensar que una buena parte de la trata trasnacional de personas tiene fines de explotación sexual. Por otra parte el Fondo de Población de las Naciones Unidas estima que cada año dos millones de niñas y adolescentes son introducidos en el comercio sexual, así como servidumbre sexual y otras formas similares (Macassi, 2003).1
Una investigación realizada por el Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes (OEA) con el apoyo de Save the Children Suecia detectó vacíos legislativos y “buenas prácticas” llevadas adelante en América Latina o en otros países del mundo, aportando una guía de aspectos sobre los que es necesario efectuar propuestas a los Estados y hacer un seguimiento a las medidas ya implementadas, que pueden resumirse en las siguientes líneas:
El espacio temporal que va desde la aparición significativa de conflictos no tipificados hasta la reforma de los Códigos Penales y su aplicación, provoca que niños, niñas y adolescentes queden quedan desprotegidos de las políticas públicas destinadas a garantizar sus derechos.
Es necesario y urgente tipificarse penalmente con precisión la figura del tráfico de niños, niñas y adolescentes, usuario-explotador en términos de relaciones sexuales remuneradas con niñas, niños o adolescentes.
Fortalecer las capacidades familiares con programas de respuesta y atención eficaces, los órganos de administración de justicia deben estar comprometidos con los derechos del niño y decidir velando por su Interés Superior.
En nuestro País mediante Ley No. 2005-2, publicada en el Registro Oficial No. 45 del 23 de junio de 2005 (Registro Oficial, 2005), entran en vigencia las reformas al Código Penal que tipifican los delitos de Explotación Sexual de los menores de edad y Trata de Personas. Este hecho es un avance significativo en el país, puesto que era uno de los pocos países en América Latina que todavía no adaptaba su legislación a los estándares internacionales en los temas de explotación sexual comercial infantil y trata de personas. Sin embargo, todavía queda mucho camino por recorrer, sobre todo en la aplicación de la ley, que pasa no solamente por una adecuada difusión de los instrumentos legales existentes, sino también por un trabajo dirigido al cambio de ciertas prácticas sociales que han afianzado la impunidad, la corrupción y la falta de respeto hacia los derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes.
Población y muestra de la investigación
La población que se establece para la presente investigación, se compone con prácticamente los involucrados en el problema, de los casos seleccionados para este estudio, autoridades pertinentes y profesionales del ramo que puedan brindar información pertinente y de interés a este proyecto investigativo en las provincias de Guayas y Chimborazo.
La investigación se realizará en las fiscalías de Riobamba y Guayaquil, durante el período del año 2010.
Objeto de estudio: Derecho Penal y Procedimiento Penal.
Campo de acción: Código Penal, Código de Procedimiento Penal, Código de la Niñez y de la Adolescencia y Políticas Públicas.
Formulación del problema
El Código de la Niñez y la Adolescencia de nuestro País conceptualiza lo relativo al maltrato, abuso, explotación sexual, tráfico y pérdida de niños, niñas y adolescentes reflejando más el espíritu de la ley (Congreso Nacional, 2003), sin determinar si constituye un delito el tráfico ni la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, ni determina bajo qué circunstancias se considera el hecho como existente, es decir es muy declarativo, no concretamente sanciones, lo que no es superado en el Código Penal. En el articulado revisado no se establece que en casos de autorizaciones supuestas o de hecho, legalizadas o no (verbales), serán sancionados los progenitores, padres, encargados del cuidado del niño, niña o adolescente víctima del tráfico; e incluso la autoridad que hubiese dado valor legal a cualquier documento que establezca un compromiso entre las partes involucradas, sea quien sea, o que haya permitido la salida o movilización de niños en circunstancias sospechosas o de dudosa procedencia. Esta ausencia o vacío se encuentra tanto en el Código de la Niñez y Adolescencia como en el Código Penal, vigentes.
La incorrecta tipificación en los casos de tráfico ilegal de niños y niñas, adolescentes, radica principalmente en los vacíos de las leyes respectivas, además de una inapropiada interpretación de la ley por parte de los profesionales del derecho y administradores de justicia, tanto en lo concerniente al proceso de indagación previa e investigación, como cuanto a aquellos jueces que no han determinado las responsabilidades penales del caso; hacen que este tipo de casos quede en la impunidad; cuando es evidente que existe concurrencia de delitos sexuales.
Objetivo general
Diseñar un anteproyecto de Ley reformatorio a la normativa jurídica al Código Penal, Código de Procedimiento Penal, al Código de la Niñez y la Adolescencia y Políticas Públicas respecto al tráfico ilegal y explotación sexual de niños, niñas y adolescentes que contribuya a la erradicación de este delito a fin de garantizar la seguridad jurídica, derecho a la identidad, al vivir en un ambiente familiar, a la integridad sexual, psicológica y psico-social.
Objetivos específicos
Realizar un estudio de casos relevantes en el tema de tráfico de niñas, niños y adolescentes con fines de explotación sexual en el país, que favorezcan un análisis cualitativo y cuantitativo de la litigiosidad, para poder conocer cómo operan los explotadores y cuáles son los subterfugios de la tolerancia estatal.
Determinar los conflictos que presentan los operadores de justicia en la tipificación del delito de explotación sexual en casos de niños, niñas y adolescentes en la ciudad de Guayaquil y Riobamba.
Elaborar los elementos y el marco jurídico adecuado para las reformas Código de la Niñez y la Adolescencia respecto al tráfico ilegal de niños, niñas y adolescentes con fines de explotación sexual, que a su vez sirvan de lineamiento de políticas públicas en el tema.
Justificación
Si bien es cierto que el ordenamiento jurídico actual previene y sanciona este tipo de conducta; mas no erradica la explotación sexual existente en el grupo vulnerable considerado de Interés Superior, como son nuestros niños, niñas y adolescentes. No se tipifica con claridad y expresamente el tráfico ilegal, ni la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes ni en el Código de Niñez y Adolescencia ni en el Código Penal, provocando que la trata de niños, niñas y adolescentes para fines de explotación sexual quede en la impunidad. Por la gravedad de este delito no debe considerarse atenuantes ni excusas, ni imputabilidad disminuida; debiendo aplicarse, por la gravedad, la sentencia de 35 años reclusión mayor extraordinaria sin considerarse rebajas de penas, para los autores materiales del hecho, debiendo definirse términos como traficante, plantear la definición de la actuación del padre o adulto que pacta el traslado del niño, niña o adolescente cuando no se establece con claridad el motivo, razón, circunstancia, lugar de partida y llegada, en el traslado de los niños, niñas y adolescentes por parte de adultos en los que se comprueba o declara no ser los progenitores, es decir lo relativo a los sujetos activos del hecho delictivo, en sus niveles de responsabilidad.
Considerando que en nuestro País se han presentado casos de tráfico ilegal con fines de explotación sexual que repercutieron a nivel internacional y que el Código Penal fue reformado estableciendo como delito la trata de personas y la explotación sexual, se hace absolutamente necesarios la investigación y los estudios empíricos, así como los datos estadísticos, para poder conocer cómo operan los explotadores y cuáles son los subterfugios de la tolerancia estatal. Con conocimiento de calidad y datos en la mano, es fundamental para avanzar en la correcta tipificación del delito de tráfico ilegal y la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, capacitar a los funcionarios y desarrollar políticas públicas complementarias adecuadas, ad hoc.
Idea a defender
Con la reforma a la normativa jurídica en la normativa nacional relativo a la trata de niñas, niños y adolescentes tanto en el Código de la Niñez como en el Código Penal respecto a la correcta tipificación de los delitos mencionados, y la definición de una adecuada medida sancionadora a estos hechos se evitará conflictos en la administración de justicia desde la fase pre procesal, etapa procesal y de juzgamiento, facilitando un marco preciso para que contribuya a disminuir y erradicar la impunidad y este tipo de delitos en el país.
Modalidad de la investigación
La investigación tendrá carácter cualitativo, al tratarse de una investigación de estudio de casos de tráfico ilegal de niñas, niños y adolescentes con fines de explotación sexual en dos provincias del Ecuador: Guayas y Chimborazo, su tipificación en el Código Penal y el Código de la Niñez y la Adolescencia, vigentes.
Conclusiones
Esta investigación es fundamentalmente de tipo cualitativa, y se concibe como una investigación de tipo descriptivo que pretende conocer las características y propiedades de la en los casos a investigar. El análisis se fundamenta en la documentación previa y repaso de la literatura académica e histórica (artículos de prensa, estudios, otros) sobre la materia. La investigación, en un estudio previo de carácter teórico y documental que permita la aproximación al marco de referencia y a los estudios similares llevados a cabo con anterioridad.
También, se realiza una aproximación al objeto de estudio mediante un análisis intensivo y exploratorio, a partir del cual se deciden las categorías del análisis empírico de información general seleccionada a partir de criterios de relevancia.
De otro lado se estima importante que este trabajo haga un estudio comparado con otras legislaciones, que permita orientar la propuesta a ser presentada, basada en la experiencias de otros países vecinos, que presentan rasgos socio culturales y político administrativos similares.
Nota de Autor
Según datos recogidos por el informe regional de América Latina y el Caribe sobre tráfico de mujeres y trabajo forzado, preparado por la Relatora Especial sobre Violencia contra las mujeres, Puerto Rico, 2002, cerca de 50 mil dominicanas ejercen la prostitución en Holanda y Alemania, y cerca de 3 mil mujeres mexicanas ejercen prostitución en Japón luego de ser reclutadas por una red de traficantes de ese país. Según la Organización Acción por las mujeres en Situación Precaria, unas 500 mil mujeres llegan a España con destino de mercado sexual y proceden de Nigeria, Colombia, Ecuador o de países del este europeo. No especifica si dentro del grupo de mujeres ha considerado a menores de edad.
Referencias bibliográficas
Chaher, S. y Santero, S. (2005), Trata de personas: La esclavitud del siglo XXI, FROINTRA, Boletín de Prensa, Buenos Aires, 2005, p.1
Congreso Nacional (2003). Código de la niñez y la adolescencia, República del Ecuador. Consultado el día 17 de Julio del 2014 en la Web: http://www.oei.es/quipu/ecuador/Cod_ninez.pdf
Department of State (2005): Trafficking in persons report, Department of State, United States of America, p. 7
Macassi, I.(2003), Diagnóstico sobre trata de mujeres, niños y niñas en ocho ciudades del Perú, programa de Derechos Humanos de las Mujeres del CPM Flora Tristán, s.f., p.18
Registro Oficial (2005). Registro Oficial. Órgano de Gobierno del Ecuador.
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