Programa de orientación educativa y acción tutorial (POAT) en el Sistema Educativo Andaluz |
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Licenciado en CCAFD Facultad de Ciencias de la Actividad Física y el Deporte de Granada (España) |
Miguel Salmerón Sánchez |
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Resumen El Plan de Orientación y Acción Tutorial constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula a medio y largo plazo el conjunto de actuaciones, de los equipos docentes y del centro educativo en su conjunto, relacionados con la orientación y la acción tutorial. Dicho plan, integrado como un elemento del Proyecto Educativo del centro, será coherente con los objetivos del mismo. Palabras clave : Sistema Educativo. Currículo. Educación primaria. Enseñanzas. Administración. Curso. LOE. Programación de aula. Competencias básicas. Contenidos. Objetivos. Educación especial. Diversidad.
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EFDeportes.com, Revista Digital. Buenos Aires, Año 15, Nº 153, Febrero de 2011. http://www.efdeportes.com/ |
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Introducción
El artículo 3 de la orden del 16 de noviembre de 2007, por la que se regula la organización de la orientación y la acción tutorial en los centros públicos que imparten las enseñanzas de Educación Infantil y Primaria define el POAT de la siguiente manera: El Plan de Orientación y Acción Tutorial constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula a medio y largo plazo el conjunto de actuaciones, de los equipos docentes y del centro educativo en su conjunto, relacionados con la orientación y la acción tutorial. Dicho plan, integrado como un elemento del Proyecto Educativo del centro, será coherente con los objetivos del mismo.
La acción tutorial es la orientación
que realiza el maestro-tutor con los alumnos/as de su clase ya sea a nivel de
clase o bien individualmente. Se entiende en la medida que se realiza la
atención a las diferencias individuales de los alumnos. Prestando la ayuda
necesaria para que los procesos de enseñanza y aprendizaje favorezcan el
desarrollo integral del alumnado.
Trataremos de realizar la función tutorial mediante tareas que atiendan
a los cuatro ámbitos:
Desarrollo psicosocial.
Personalización de la enseñanza.
Orientación familiar.
Coordinación docente.
Ofrece una atención individualizada e integradora a las particulares necesidades educativas de estos alumnos.
La actividad tutorial va dirigida a:
Los profesores: han de realizar toma de decisiones en el proceso de E-A de los alumnos. Han de ponerse de acuerdo y coordinarle en este proceso.
Los alumnos: se han de conjugar las funciones de orientar-tutelar, no hay separación.
La familia: debe ir encaminada a orientar a los padres en el proceso de enseñanza de sus hijos y formarlos, darles información de tal proceso.
El tutor servirá de interlocutor y canalizador en las relaciones entre la familia y la escuela.
Estos tres niveles comparten la misma finalidad: la personalización de la educación y la contribución al desarrollo de los objetivos generales establecidos en la etapa.
Con respecto a las actitudes hacia la educación, el centro y más explícitamente el equipo docente que hace labores tutoriales debe desarrollar:
Favorecer las relaciones familia-escuela implicándolos en el proceso educativo.
La participación de familia-escuela será de forma activa asumiendo responsabilidades.
Facilitar los recursos necesarios para la interacción entre profesores, padres y alumnos.
Establecer cauces de información para cubrir las expectativas educativas de los niños.
Estimular la participación de las familias en los distintos órganos en los que se encuentren representados (Consejos Escolar, individualmente).
Fomentar la actitud auto formadora en los padres.
Definición y finalidades de la orientación y la acción tutorial
La orientación y la acción tutorial es una tarea colaborativa que, coordinada por la persona titular de la tutoría y asesorada por el orientador u orientadora de referencia, compete al conjunto del equipo docente del alumnado de un grupo. Dicha labor orientará el proceso educativo individual y colectivo del alumnado.
Tendrán las siguientes finalidades:
Favorecer la adaptación del alumnado al contexto escolar y la integración del mismo en el grupo clase.
Realizar un seguimiento personalizado del proceso de aprendizaje del alumnado, haciendo especial hincapié en la prevención temprana de las dificultades en el aprendizaje.
Potenciar el desarrollo de hábitos básicos de autonomía, así como la adquisición de aprendizajes instrumentales básicos, estrategias de aprendizaje y técnicas de trabajo intelectual.
Contribuir a la equidad en la educación, potenciando la compensación de desigualdades y la inclusión social.
Impulsar medidas organizativas y curriculares que posibiliten la atención a la diversidad del conjunto del alumnado del centro.
Iniciar la adquisición de habilidades y conocimientos que favorezcan la posterior toma de decisiones.
Establecer vínculos de colaboración y cooperación entre el centro, las familias del alumnado y el entorno.
Facilitar la socialización, la adaptación escolar y la transición entre etapas educativas del conjunto del alumnado.
Este promoverá la Cultura de Paz y la mejora de la convivencia en el centro, a través del papel mediador del tutor o tutora.
El Equipo de Orientación Educativa de la zona en la que se encuentre el centro, atendiendo a las funciones que el Decreto 213/1995, de 12 de septiembre, establece para el mismo, colaborará para la consecución de los objetivos anteriormente citados.
Elaboración del plan de orientación y acción tutorial
Corresponde a cada centro docente, elaborar el Plan de Orientación y Acción Tutorial, bajo las directrices establecidas por el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica y con la colaboración y asesoramiento del orientador u orientadora de referencia.
Elementos del plan de orientación y acción tutorial
El Plan de Orientación y Acción Tutorial contendrá los siguientes elementos:
Los objetivos generales del centro en relación con la orientación y la acción tutorial.
Programas a desarrollar por el profesorado del centro y por los profesionales del Equipo de Orientación Educativa de la zona, para el logro de los objetivos establecidos en el apartado a).
Líneas generales para la acogida y el tránsito entre etapas educativas, incluyendo las adaptaciones organizativas y horarias dirigidas al alumnado de nuevo ingreso en la etapa de Educación Infantil.
Medidas de acogida e integración para el alumnado con necesidades educativas especiales.
Coordinación entre los miembros de los equipos docentes y los profesionales del Equipo de Orientación Educativa.
Procedimientos y estrategias para facilitar la comunicación, la colaboración y la coordinación con las familias.
Descripción de procedimientos para recoger y organizar los datos académicos y personales del alumnado.
Organización y utilización de los recursos personales y materiales, de los que dispone el centro.
Colaboración y coordinación con servicios y agentes externos.
Procedimientos y técnicas para el seguimiento y evaluación de las actividades desarrolladas.
Tutoría y designación de tutores y tutoras
La tutoría y la orientación forman parte de la función docente. Dicha labor se desarrollará a lo largo de las distintas etapas educativas. Los tutores y tutoras ejercerán la dirección y la orientación del aprendizaje del alumnado y el apoyo en su proceso educativo en colaboración con las familias.
La designación de tutores y tutoras se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en la normativa vigente sobre organización y funcionamiento de los centros que imparten enseñanzas de Educación Infantil y Primaria.
Programación de tutoría
Para facilitar la planificación y seguimiento de las tareas derivadas de la acción tutorial, cada tutor o tutora de los distintos grupos de Educación Infantil y Primaria programará anualmente:
Los objetivos de la Acción Tutorial para su grupo.
La programación de las actividades de tutoría a realizar con el grupo.
La planificación de las entrevistas y actividades con las familias del alumnado de su grupo.
La planificación de las tareas administrativas y de las relativas al registro de datos personales y académicos del alumnado que conforma el grupo.
La programación de las actividades de tutoría se orientará a la consecución de las siguientes finalidades con el alumnado:
Adquirir valores de cooperación, convivencia y solidaridad.
Desarrollar progresivamente un adecuado conocimiento y valoración de sí mismo.
Tomar conciencia de los propios sentimientos y emociones, desarrollando habilidades de control y autorregulación de los mismos.
Adquirir las habilidades sociales necesarias para relacionarse, expresar los propios sentimientos e ideas, cooperar y trabajar en equipo.
Adquirir hábitos de vida saludable.
Promover un consumo responsable, respetuoso con la conservación y mejora del medio ambiente.
Afianzar y reforzar el conjunto de capacidades, competencias, hábitos y actitudes necesarias para la mejora del rendimiento académico.
Acercar al alumnado al conocimiento de las distintas profesiones.
Afianzar en el alumnado una serie de competencias laborales en el ámbito escolar, tales como la responsabilidad, la perseverancia, la toma de decisiones, la resolución de problemas, el trabajo en equipo.
Respetar la diversidad de características personales, creencias, opiniones, culturas y formas de vida, desarrollando actitudes comprometidas y solidarias con los menos favorecidos.
Educar en la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
Para la consecución de dichas finalidades se atenderá a las siguientes competencias y elementos formativos:
Desarrollo personal y social.
Prevención de las dificultades en el proceso de enseñanza y aprendizaje.
Orientación académica y profesional.
En relación con el desarrollo de la tutoría con el alumnado de cada grupo, los centros educativos reservarán, en el horario del alumnado, el tiempo necesario para el desarrollo de actividades de tutoría que contribuyan a las finalidades establecidas anteriormente.
En algunas de estas actividades podrá colaborar el orientador u orientadora de referencia, en función de su disponibilidad horaria en el centro.
Coordinación de los tutores y tutoras
1. En las reuniones de coordinación de los equipos de ciclo se abordará mensualmente la coordinación de la orientación y la acción tutorial entre los distintos maestros y maestras tutores de cada ciclo.
El orientador u orientadora de referencia y, en su caso, otros miembros del Equipo de Orientación Educativa y el profesorado de pedagogía terapéutica y de audición y lenguaje del centro, asistirán a dichas reuniones según su disponibilidad horaria y de acuerdo con un calendario de actuación, previamente acordado con la Jefatura de Estudios, y recogido en su Plan Anual de Trabajo.
La convocatoria y supervisión de estas reuniones será competencia del titular de la Jefatura de Estudios quien, en coordinación con el orientador u orientadora de referencia, organizará el calendario y contenido de las mismas.
El contenido de las reuniones podrá incluir:
Desarrollo de las actividades de tutoría realizadas con los grupos
Tratamiento de la orientación académica y profesional, especialmente en el último ciclo de la Educación Primaria.
Desarrollo de las medidas de atención a la diversidad.
Seguimiento de programas específicos.
Valoración y puesta en común de la evolución de los grupos.
Aspectos relacionados con la convivencia y el desarrollo curricular.
Preparación de las sesiones de evaluación de los grupos.
Tratamiento de la atención individualizada al alumnado y a sus familias.
Coordinación de los equipos docentes.
Cuantas otras redunden en la mejora de la atención educativa al alumnado.
Coordinación del equipo docente
La persona que ostente la tutoría de un grupo, se reunirá con el conjunto de maestros y maestras que imparten docencia en el mismo, al menos una vez al mes, y es la Jefatura de estudios quien convoca estas reuniones, en las cuales se tomara como punto de partida los acuerdos adoptados en la última reunión, se tratarán los siguientes puntos:
Evolución del rendimiento académico del alumnado.
Propuestas para la mejora del rendimiento del grupo y de su alumnado y las decisiones que se tomen al respecto.
Valoración de las relaciones sociales en el grupo.
Propuestas para la mejora de la convivencia en el grupo y las decisiones que se tomen al respecto.
Desarrollo y seguimiento de las adaptaciones curriculares.
Desarrollo y seguimiento de otras medidas de atención a la diversidad.
A algunas de estas reuniones podrá asistir, a petición propia o del centro docente, el orientador u orientadora de referencia y, en su caso, otros profesionales del Equipo de Orientación Educativa según su disponibilidad horaria para dicho centro.
Colaboración con las familias
El tutor o tutora reservará una hora a la semana, de las de obligada permanencia en el centro, a las entrevistas con las familias del alumnado de su grupo, previamente citados o por iniciativa de los mismos. Esta hora se fijará de forma que se posibilite la asistencia de dichas familias y, en todo caso, en sesión de tarde. A dichas entrevistas podrá asistir, con carácter excepcional, el orientador u orientadora de referencia, de acuerdo con su disponibilidad horaria y previa coordinación con el tutor o tutora.
Las entrevistas con las familias del alumnado tendrán las siguientes finalidades:
Informar sobre aquellos aspectos relevantes para la mejora del proceso de enseñanza y aprendizaje y el desarrollo personal del alumnado, garantizando especialmente la relativa a los criterios de evaluación.
Prevenir las dificultades de aprendizaje.
Proporcionar asesoramiento educativo a las familias, ofreciendo pautas y orientaciones que mejoren el proceso educativo y de desarrollo personal del alumnado.
Promover y facilitar la cooperación familiar en la tarea educativa del profesorado, tanto en lo concerniente a los aspectos académicos como en lo relacionado con la mejora de la convivencia del centro.
De conformidad con el artículo 16 del Decreto 19/2007, por el que se adoptan medidas para la promoción de la Cultura de Paz y mejora de la Convivencia en los centros docentes, los titulares de la tutoría de cada grupo podrán proponer la suscripción de un compromiso de convivencia, a las familias del alumnado que presente problemas de conducta y de aceptación de las normas escolares. El objetivo será establecer mecanismos de coordinación de dichas familias con el profesorado y otros profesionales que atienden al alumnado, así como colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el horario escolar como en el extraescolar, para superar esta situación.
Con objeto de estrechar la colaboración con el profesorado, los padres y madres o representantes legales del alumnado podrán suscribir con el centro docente un compromiso educativo, para procurar un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas.
Cumplimentación de documentos
Sin perjuicio de las obligaciones relacionadas con la cumplimentación de los documentos oficiales de evaluación, cada tutor y tutora incluirá, en el expediente académico del conjunto del alumnado a su cargo, los datos relevantes obtenidos durante el curso escolar, tanto en el expediente depositado en la Secretaría del centro como en el incluido en la aplicación informática que para tal fin establezca la Consejería competente en materia de Educación de la Junta de Andalucía. Estos datos incluirán:
Informe Personal
Información de tipo curricular que se haya obtenido, incluidos los resultados de las evaluaciones iniciales, tanto la realizada en el momento del ingreso del alumnado en el centro como la de los sucesivos cursos.
Información que en el ciclo siguiente sirva para facilitar a cada persona que ostente la tutoría el seguimiento personalizado del alumnado. En esta información se puede incluir:
Datos psicopedagógicos.
Datos aportados por la familia en las entrevistas mantenidas con el propio titular de la tutoría, con otros miembros del Equipo Docente o con el orientador u orientadora de referencia.
Cualquier otra información que redunde en el mejor conocimiento y atención del alumnado.
Programas de acogida y tránsito entre etapas educativas
Los programas de acogida y tránsito entre etapas educativas formarán parte del Plan de Orientación y Acción Tutorial.
Los centros programarán actividades que favorezcan la adaptación escolar del alumnado de nuevo ingreso, así como la transición entre la Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria.
Las actividades de estos programas tendrán las siguientes finalidades:
Facilitar la adaptación al contexto escolar del alumnado de nuevo ingreso en Educación Infantil, así como de aquel otro alumnado que se incorpore a la Educación Primaria.
Facilitar la acogida del alumnado en el Instituto de Educación Secundaria en el que se escolarice.
Intercambiar datos, documentación e información de interés para mejorar la respuesta educativa al conjunto del alumnado en la Educación Secundaria Obligatoria, prestando singular atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
Coordinar el Proyecto Curricular del tercer ciclo de la Educación Primaria con el del primer curso de la Educación Secundaria Obligatoria, garantizando la continuidad y la coherencia entre ambas etapas.
Potenciar la orientación académica y profesional del alumnado, reforzando su autoconocimiento, e iniciarlos en el conocimiento del sistema educativo y el mundo laboral, y la de toma de decisiones.
Orientar a las familias sobre aspectos que faciliten la adaptación del alumnado a la nueva etapa educativa.
El Programa de Acogida del segundo ciclo de Educación Infantil incluirá actividades y medidas organizativas y horarias que repercutan en una adaptación gradual y satisfactoria del alumnado al nuevo contexto escolar.
Corresponde al equipo de maestros y maestras de Educación Infantil, bajo la coordinación de la Jefatura de Estudios y con el asesoramiento del orientador u orientadora la programación y desarrollo de las actividades de este programa.
Los Programas de Tránsito entre Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria se desarrollarán durante el tercer ciclo de Educación Primaria, así como en el primer trimestre de la escolarización del alumnado en primero de Educación Secundaria Obligatoria.
Los Programas de Tránsito incluirán las actividades y medidas orientadas al logro de las finalidades de la orientación y acción tutorial. Dichas actividades se dirigirán al alumnado, las familias y el profesorado.
La elaboración de dicho programa corresponde al Equipo de Orientación Educativa de la zona y al Departamento de Orientación del Instituto. Estos profesionales asesorarán en el desarrollo de las diferentes actividades incluidas en el programa.
En el desarrollo de las actividades de tránsito participarán, al menos, los titulares de la tutoría de los grupos de sexto curso de Educación Primaria, profesorado representativo del primer y segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria del centro receptor y profesorado de educación especial de ambas etapas educativas.
Corresponde a las Jefaturas de Estudios de los centros de ambas etapas la coordinación y dirección de las actividades del programa.
Medidas de acogida e integración para el alumnado con necesidades educativas especiales
En el marco del Plan de Orientación y Acción Tutorial, los centros establecerán las medidas de acogida e integración para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad física, psíquica, sensorial o a trastornos graves de conducta.
Estas medidas tendrán como finalidad facilitar la accesibilidad de este alumnado a los servicios y dependencias del centro y al currículum escolar, propiciar su socialización e interacción social y acogerlos adecuadamente al inicio de cada curso escolar.
Entre dichas medidas deberán contemplarse, al menos, las siguientes:
Traslado de información del centro de origen o de otras instituciones.
Actividades de acogida al inicio de cada curso escolar, prestando especial atención al alumnado de nuevo ingreso en el centro.
Medidas que garanticen la autonomía en los desplazamientos y en el uso de los distintos servicios del centro, y un desalojo seguro en casos de emergencia.
Medidas que potencien la interacción social con los compañeros y compañeras, tanto dentro del aula como fuera de ella.
Recursos materiales y tecnológicos necesarios para garantizar la comunicación y el acceso al currículum.
Corresponde a la Jefatura de Estudios y, en su caso, al profesorado de educación especial del centro la elaboración de las medidas para la acogida e integración, contando con el asesoramiento del Equipo de Orientación Educativa.
Cuando la elaboración de las medidas y la organización de la respuesta educativa de este alumnado, requiera sistemas aumentativos o alternativos de comunicación, equipamientos técnicos específicos o la aplicación de pautas educativas especializadas y complejas, podrá solicitarse el asesoramiento del Equipo de Orientación Educativa Especializado.
Evaluación de la orientación y la acción tutorial
La evaluación anual de la orientación y la acción tutorial se incluirá en la Memoria que como consecuencia de la auto evaluación del centro se realice anualmente.
Dicha evaluación recogerá las valoraciones sobre el grado de cumplimiento y la idoneidad, del conjunto de actuaciones relacionadas con la orientación y la acción tutorial, incluidas en el Proyecto Educativo.
Bibliografía
Guía para la elaboración del POAT en los institutos de secundaria de la conserjería de educación de la Junta de Andalucía. http://www.scribd.com/doc/351647/guia-para-la-elaboracion-del-POAT
http://www.csi-csif.es/andalucia/modules/mod_ense/Normativa_Basica/20071217_andalucia_normas_de_orientacion_y_tutoria.pdf
Orden del 16 de noviembre de 2007, por la que se regula la organización de la orientación y la acción tutorial en los centros públicos que imparten las enseñanzas de Educación Infantil y Primaria. Boja 246 Sevilla, 17 de diciembre 2007.
Plan de orientación tutorial Ies Marchena 2003-04, http://www.juntadeandalucia.es/averroes/marchena/depaorie/poat.pdf
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EFDeportes.com, Revista
Digital · Año 15 · N° 153 | Buenos Aires,
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