La normativa sobre educación especial en España y las adaptaciones curriculares para el área de Educación Física |
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Diplomado en Magisterio de Educación Física por la Universidad de Castilla - La Mancha Licenciado en Pedagogía por la Universidad de Murcia Actualmente cursa un máster sobre actividad física, discapacidad e inclusión social en la Universidad Autónoma de Madrid |
Manuel Ángel González Berruga (España) |
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Resumen En este artículo se hace un repaso por la normativa relacionada con educación especial y alumnos con necesidades educativas especiales en el contexto español desde los inicios de la democracia hasta la actualidad, realizando un repaso a las adaptaciones curriculares en general y específicas de algunas discapacidades intelectuales más comunes dentro de los centros escolares. Palabras clave: Educación Especial. Adaptaciones curriculares. Necesidades Educativas Especiales. Alumnos con discapacidad. Normativa Educación Especial. Educación Física.
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EFDeportes.com, Revista Digital. Buenos Aires, Año 15, Nº 153, Febrero de 2011. http://www.efdeportes.com/ |
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La Educación Especial en España
El primer documento en la historia que habla sobre la igualdad de condiciones de acceso a la educación es la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada en 1984 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Con esta declaración se empieza a forjar la idea de que todas las personas deben ser tratadas por igual en los diferentes sistemas educativos de los países. Esta igual debe ir acompañada de una formación gratuita y obligatoria que favorezca un desarrollo personal y social completo.
En nuestro país, la Ley General de Educación de 1970 planteaba por primera vez la necesidad de atender a los alumnos con necesidades especiales. Pero configuraba esta educación especial como un sistema paralelo al normal u ordinario que respondía básicamente al modelo de educación especial segregada y se definía en función del tipo de alumnos que debían acudir a esos centros, “deficientes e inadaptados”. Esta ley reformaba la antigua Ley Moyano, de la que podemos destacar la fundación de escuelas para niños sordos. Otro avance supondría la creación del Instituto Nacional de Educación Especial en 1975, que regulo el panorama educativo caracterizado por la heterogeneidad de centros de educación especial. La gran aportación de este organismo fue el Plan Nacional de Educación Especial de 1978, que estableció los criterios para la regulación del futuro de la educación especial y entre sus principios se reflejaba el principio de normalización, de integración escolar y de sectorización de la atención educativa. (Sánchez et al., 2004)
Con la aprobación de la Constitución de 1978 se ratifican los principios de igualdad de acceso a la educación. Todos los españoles tienen derecho a la educación, siendo la educación básica obligatoria y gratuita. Se reconoce la libertad de enseñanza. Y relacionado con la educación especial, las administraciones públicas se encargan de integrar a los disminuidos físicos, sensoriales e intelectuales, y se les prestará la atención necesaria para que puedan ejercer sus derechos como ciudadanos.
En 1982 se aprueba la LISMI, la Ley de Integración Social de Minusválidos, que establece entre sus artículos indicaciones y principios referidos a la supresión de barreras arquitectónicas, prevención de posibles minusvalías y el tratamiento a través de la detección y rehabilitación. Establece principios referidos a la integración laboral y al ámbito educativo. En este, el que nos atañe, establece con claridad que el entorno más favorable para la integración de los alumnos con necesidades educativas especiales es el sistema ordinario del que disfrutan los alumnos denominados “normales”. Para mejorar esta integración se deben realizar las adaptaciones oportunas según la condición del alumno. Por otro lado, se refleja la necesidad de personal especializado para prevenir, identificar y realizar un proceso de rehabilitación de las dificultades por su condición especial. Estos principios básicos de integración social se desarrollan y se concretan en el Real Decreto de 1985 de Ordenación de la Educación Especial. (Bernal, 2002)
En 1990 se aprueba la LOGSE, la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo. Con esta nueva ley se reforma la idea de una educación para todos, dedicando un capítulo a la Educación Especial. Esta ley asegura políticas de educación compensatoria que refuerzan la acción del sistema educativo, de forma que se eviten desigualdades derivadas del nivel económico, social, cultural, geográficos, étnicos o de la discapacidad del alumno. Se rechaza cualquier forma de discriminación potenciando el espíritu crítico y el fomento de hábitos colaborativos y democráticos de la escuela (Illán Romeu & García Martínez, 1997 citado en Cuadrado, Davara, López & Murillo, 1998). Esta ley introduce el concepto de alumno con necesidades educativas especiales, temporales o permanentes, añadiendo que los alumnos dispondrán de los recursos necesarios para que puedan alcanzar dentro del sistema los objetivos establecidos de carácter general. Se insiste en la identificación y valoración de las necesidades educativas especiales por parte de los profesionales. Estos establecerán planes de actuación para evaluar las necesidades y para poder evaluar al final del curso los resultados obtenidos por cada alumno con necesidades especiales. Las administraciones educativas son las encargadas de garantizar la escolarización, en régimen de integración, y los alumnos asistirán a centros de Educación Especial solo cuando las necesidades del alumno no puedan ser atendidas por el centro ordinario.
Precisamente, el Real Decreto 696/1995 de Ordenación de la Educación de los Alumnos con Necesidades Educativas Especiales, regula la ordenación, la planificación de recursos y la organización de la atención educativa a los alumnos con necesidades educativas especiales, temporales o permanentes, cuyo origen se atribuye a la historia escolar, a condiciones personales o a condiciones de discapacidad sensorial, motora o psíquica. Este Real Decreto distingue entre necesidades educativas especiales permanentes y transitorias, y amplía el concepto de necesidades educativas especiales a las condiciones de sobredotación y asociadas a la historia escolar y educativa. También se contemplan otros aspectos como la formación del profesorado y las evaluaciones periódicas para asegurar la calidad de la enseñanza y regula la organización de las enseñanzas en la educación obligatoria y en los programas de formación para la transición a la vida adulta (Cuadrado, Davara, López & Murillo, 1998). Dentro del libro Alumnos con Necesidades Educativas Especiales, en el Tomo I: Guía de Adaptación de Materiales Didácticas, escrito por Cuadrado, Davara, López & Murillo (1998), en el capítulo I podemos encontrar en las páginas 46, 47, 48 y 49 una relación de toda la legislación sobre atención a la diversidad desde que se promulgó la Ley General de Educación de 1970.
En 2002 aparece la Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE) que establece unas pinceladas referido a la educación especial:
Se regula la incorporación de alumnos procedentes de otros países y las administraciones educativas deberán promover programas para que estos alumnos aprendan la lengua española con el fin de mejorar su integración.
Se deberán dar una respuesta educativa adecuada a los alumnos superdotados.
La identificación y valoración de las necesidades educativas de los alumnos se realizará por equipos de especialistas que desarrollarán un plan de actuación.
El límite de edad de escolarización para alumnos con necesidades educativas especiales será de 21 años.
Las administraciones dotaran de los recursos necesarios a los centros y promoverán ofertas formativas de acuerdo a las necesidades de estas personas.
Normativa actual y Adaptaciones Curriculares Individualizadas
Con la promulgación de la Ley Orgánica de Educación (LOE) en el 2006, se produce un cambio donde los alumnos con necesidades educativas especiales pasan a llamarse Alumnos con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (ANEAE). Esta denominación se divide en tres tipos de alumnos:
Alumnado que presenta necesidades educativas especiales
Alumnado con altas capacidades intelectuales.
Alumnado con integración tardía en el sistema educativo español.
La competencia más importante de un profesor, además de un reto, es la de ofrecer una enseñanza que se ajuste a las necesidades de todos los alumnos del grupo, sea cual sea la condición particular de cada alumno. El profesor deberá programar las unidades y las actividades de acuerdo a los alumnos que tenga en clase. Cada alumno es diferente del resto, no nos vamos a encontrar a dos alumnos iguales, por lo que podríamos decir que todos los alumnos van a necesitar una adaptación del curriculum, por muy pequeña que esta pueda resultar. Dos alumnos no van aprender al mismo ritmo el mismo concepto ni van a alcanzar los mismos objetivos en el mismo espacio de tiempo. Tenemos que ver al grupo clase desde una perspectiva general: viendo el modo de comportarse de la clase, cuales son sus hábitos de estudios, que alumnos gozan de mayor popularidad en el grupo, quienes menos, etc.… Estas pequeñas observaciones mejorarán nuestra práctica pudiendo adaptar nuestra metodología al grupo, o cambiarla si vemos que no va a resultar práctica por las características del grupo, proponer unas actividades u otras, Hect.… Una idea general del grupo – clase nos ayudará bastante a organizar y secuenciar la enseñanza. Pero, para que esta enseñanza que queremos transmitir a los alumnos resulte completa, debemos adaptarla al aprendizaje individual de cada alumno.
Los instrumentos con los que cuenta el profesor para ofrecer una enseñanza más individualizada y adaptada los alumnos con algún tipo de discapacidad son (Sánchez et al., 2004) las Adaptaciones Curriculares Individualizadas (ACI).
Nos encontramos con las adaptaciones en los elementos de acceso, que suponen las adaptaciones menos significativas, y que se refieren a la adecuación de los elementos humanos: alumnos, profesores, otros profesionales, y que se trata de flexibilizar los grupos de alumnos, organizar al profesorado para una atención de acuerdo a las necesidades del alumno, organizar estrategias de aprendizaje cooperativo en el aula o la realización del plan de acción para con estos alumnos con discapacidad. También se realiza una adaptación de los espacios y aspectos físicos, que se refieren a la facilitación del uso de las instalaciones del centro escolar y facilitar el desenvolvimiento de los alumnos por las dependencias del centro: eliminación de barreras arquitectónicas, adecuar el espacio en clase,…. Se puede realizar adaptaciones en el equipamiento y los recursos: disponer del equipamiento y recursos didácticos adecuados a las necesidades de los alumnos, dotar de materiales que sirvan para los alumnos con discapacidad igual que para el resto,…Y, por último, se puede adaptar el tiempo, adecuando el tiempo dentro y fuera del aula y el tiempo fuera del horario lectivo.
Otro tipo de ACI son las adaptaciones en los elementos básicos del curriculum. Este tipo de adaptaciones son más significativas, ya que el alumno, por su condición personal o discapacidad, no puede seguir el ritmo de clase, no alcanza unos objetivos o los contenidos le resultan extremadamente difíciles, por lo que se tiene que adaptar los elementos del curriculum a sus necesidades. Se pueden adaptar los objetivos, siempre y cuando esta adaptación no suponga una modificación de los objetivos generales de etapa que son el referente del proceso de enseñanza – aprendizaje. Si modificamos estos contenidos, significa que el sistema ordinario no atiende a las necesidades de su desarrollo y no le está proporcionando una enseñanza adecuada, por lo que debería plantearse su incorporación a un centro de educación más especializada y más centrada en su persona. Podemos adaptar la metodología, modificando los agrupamientos de los alumnos, los métodos, las técnicas y estrategias d enseñanza – aprendizaje y la evaluación y las actividades programadas. Se pueden adaptar los contenidos secuenciando los mismos, modificando la temporalización, priorizando unos contenidos, incluyendo nuevos contenidos o suprimiendo otros. Por último, adaptamos la evaluación de manera obligatoria ya que se han adaptado otros elementos básicos del curriculum. Esta adaptación de la evaluación puede ser procesual, donde nos encargamos del proceso de enseñanza – aprendizaje y no solo de los resultados obtenidos; formativa, donde la evaluación no trata de ser sancionadora sino que trata de ayudar al alumno a superar sus dificultades; y criterial, donde se considera al alumno como su propia referencia, teniendo en cuenta su situación de partida, su evaluación y la situación final tras el proceso de enseñanza – aprendizaje.
En el área de Educación Física se pueden aplicar cualquiera de estas adaptaciones. Debemos tener presente cualquier tipo de adaptación, ya que cualquiera nos puede ser valida para dar respuesta a unas necesidades concretas.
Cumellas (2000) y Ríos Hernández y Calab (1999 citados en Rodríguez, 2009) nos proponen algunas adaptaciones que pueden realizarse con alumnos con discapacidad visual:
El espacio tiene que ser seguro para el alumno y el lo tiene que notar así.
Se debe empezar la sesión en el mismo sitio para que el alumno se habitúe al espacio.
El alumno debe conocer el material y donde se guarda.
No dejar objetos que puedan suponer un obstáculo en lugares de paso y mantener las puertas abiertas o cerradas por completo, ya que una posición intermedia podría causar accidentes.
Entregar el material en las manos.
Trabajar la percepción táctil y auditiva.
Evitar el ruido ambiental para que el alumno no se desoriente y tener el entorno bien iluminado con objetos contrastados que puedan suponer una referencia para el alumno.
Comunicarse directamente con el alumno, manteniendo un contacto próximo y aumentando las explicaciones verbales. Es importante que nos oiga en todo momento.
Mantener un contacto continuo para que el alumno sepa donde se encuentra el profesor y este pueda recurrir a él cuando lo necesite.
Utilizar sin ningún problema palabras como “ver” o “mirar”, ya que ellos las utilizan sin ningún problema.
No alargar el tiempo de espera entre la realización de actividades, ya que no posee mecanismos de distracción o que mantengan su atención.
Para realizar lanzamiento hay que situar bien al alumno.
Para carreras largas el alumno debe ir acompañado de otro alumno que hará de guía.
Algunos materiales que se deben utilizar son: pelotas con cascabeles, cuerdas de acompañamiento, materiales grandes con colores contrastados, petos de colores o cintas adhesivas con cuerdas pegadas al suelo.
Siguiendo a Ríos, Blanco, Bonany & Carol (1999) se deben realizar las siguientes adaptaciones para alumnos con discapacidad física y parálisis cerebral y para alumnos con discapacidad psíquica:
Alumnos con discapacidad física y parálisis cerebral
Delimitar el espacio para compensar las dificultades de movilidad.
Realizar la actividad en un terreno liso para favorecer los desplazamientos. Evitar superficies irregulares, con gravilla, tierra, …
Realizar las actividades en terreno llano para evitar que los desniveles dificulten el movimiento de los alumnos en silla de ruedas.
Variar las distancias de los alumnos con discapacidad para compensar sus desigualdades para con los otros alumnos.
Presencia de refugios que permitan, en los juegos de atrapa, a los alumnos con movilidad reducida, un tiempo de descanso y ventaja.
Utilizar materiales blandos para jugadores con problemas de presión.
Utilizar materiales adaptados o alternativos para facilitar las actividades.
Con alumnos con problemas de columna vertebral que presenten grandes desviaciones facilitar una base correcta de sustentación y evitar la pronunciación de esa desviación.
Los alumnos con dificultades en el habla deberán utilizar un sistema alternativo de comunicación.
Cubrir los reposapiés de las sillas de ruedas con espuma para evitar la lesión de otros compañeros.
Utilizar rodilleras y coderas para alumnos que se puedan desequilibrar fácilmente.
Modificar los reglamentos del juego incluyendo nuevas normas que permitan un equilibrio de las condiciones del juego en todos los alumnos.
Dar ventajas a los alumnos con discapacidad para mejorar su situación del juego y sea más partícipe.
Añadir habilidades para el resto del grupo o a los adversarios directos para equiparar la desigualdad motriz.
Alumnos con discapacidad psíquica
El espacio puede ser indefinido o con limitaciones flexibles.
Utilizar pocos objetos y que estos no se acaben dispersando.
Utilizar objetos grandes, lentos y que posibiliten cualquier tipo de manipulación. Estos se podrán reducir de tamaña a medida que vayan dominando la actividad y aumentando la velocidad de ejecución.
Dejar un momento para la manipulación y la experimentación con los objetos.
Realizar juegos cortos, con necesidad de concentración poco duradera. Si el juego es muy complejo, realizar una explicación general e ir introduciendo nuevas normas y variables.
En los juegos propuestos se deberán tomar pocas decisiones. Se tendrá que dejar un tiempo para pensar la respuesta y será mejor que conlleve una sola decisión.
Se deberán presentar primero las habilidades sencillas, que irán aumentando en dificultad según el nivel y el grado de ejecución de los alumnos.
Dependiendo del nivel de discapacidad o de dificultad del ejercicio, se propondría a un alumno colaborador, que iría cambiando en cada sesión y que facilitaría la participación de alumno con discapacidad psíquica. En las primeras edades sería recomendable un profesor de apoyo.
Bibliografía
Bernal Ruiz, J. A. (2002). El Profesor de Educación Física y el Alumno Sordo. Sevilla: Wanceulen Editorial Deportiva S. L.
Cuadrado Gordillo, I., Davara Rodríguez, L., López Risco, M. & Murillo Gil, M. (1998). Alumnos con necesidades educativas especiales. Tomo I. Guía de Adaptación de Materiales Didácticas. Badajoz: INDUGRAFIC.
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. B. O. E. núm. 106, de 4 de mayo de 2006.
Ríos Hernádez, M., Blanco Rodríguez, A., Bonany Jané, T. & Carol Gres, N. (1999). Actividad física adaptada. El juego y los alumnos con discapacidad. Barcelona: Paidotribo.
Rodríguez Castejón, J.J. (2009). La atención y tratamiento de las necesidades educativas especiales en los elementos de acceso al currículo y en los elementos básicos del mismo (objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología) en Educación Física. EFDeportes.com, Revista Digital. Buenos Aires, Nº 133. http://www.efdeportes.com/efd133/necesidades-educativas-especiales-en-educacion-fisica.htm
Sánchez Palomino, A., Carrión Martínez, J. J., Díaz Pareja, E., Naranjo Díaz, M. A., Brotons González, E., Colmenero Ruiz, M. J., et al. (2004). Educación Especial. Centros educativos y profesores ante la diversidad. Madrid: Ediciones Pirámide.
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