La atención a la diversidad en el Sistema Educativo Español | |||
Licenciado en CCAFD Facultad de Ciencias de la Actividad Física y el Deporte de Granada (España) |
Miguel Salmerón Sánchez |
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Resumen La atención a la diversidad y los alumnos con NEE requieren, en un período de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones específicas por padecer discapacidades físicas, psíquicas, sensoriales, o por manifestar graves trastornos de conducta, tienen que tener una atención especializada. Y esta debe ser global que se refiera a las competencias básicas y a los objetivos generales de la etapa más cercana a su nivel de competencia. La incorporación de competencias básicas al currículo permite poner el acento en aquellos aprendizajes que se consideran imprescindibles, desde un planteamiento integrador y orientado a la aplicación de los saberes adquiridos. De ahí su carácter básico. Palabras clave : Sistema Educativo Español. Currículo. Educación primaria. Programación de aula. Competencias básicas. Contenidos. Objetivos. Educación especial. Diversidad.
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EFDeportes.com, Revista Digital. Buenos Aires, Año 15, Nº 152, Enero de 2011. http://www.efdeportes.com/ |
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Introducción
Hasta los años 80, el sistema educativo se había preocupado poco por los alumnos “diferentes”, optando como única solución por su disgregación del sistema ordinario, agrupándolos en clases diferentes en las que convivían con alumnos con los mismos o parecidos problemas. El niño “diferente” no tenía cabida en una escuela pensada para que todos los alumnos recibieran el mismo tipo de educación básica.
La atención a la diversidad. Constitución Española (1978)
La Constitución de 1978 significa la primera declaración de intenciones, en la que se reconoce el respeto a las diferencias y su atención por parte del Estado.
Art. 27.1. “Todos tienen derecho a la educación…”
Art. 49. “Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos,…”
Ley de Integración Social de los Minusválidos. LISMI (1982)
Esta ley propone 4 ideas claves:
Niveles: La educación especial comprende los diferentes grados del sistema de enseñanza, particularmente las consideradas obligatorias y gratuitas.
Objetivos
La superación de las deficiencias.
La adquisición de conocimientos y hábitos que le doten de la mayor autonomía posible.
La promoción de todas las capacidades del minusválido.
La incorporación a la vida social y a un trabajo.
Integración en el sistema ordinario, siempre que sea posible.
Equipos Multiprofesionales (“personal interdisciplinar técnicamente adecuado que, actuando como equipo, garantice las diversas actuaciones que cada deficiente requiera”).
La LOGSE (1990)
Con la entrada en vigor de la LOGSE, surge una concepción de centro educativo que:
debe perseguir el desarrollo de todos los alumnos,
debe asumir el reto de atender de manera simultánea a unos alumnos que con el paso del tiempo se van diferenciando progresivamente,
necesita articular actuaciones diferentes, pero eficientes, ante la diversidad de alumnos que se va a encontrar.
Surge el concepto de ACNEES
“Serán aquellos que requieran durante su escolarización o parte de ella, determinados apoyos y atenciones educativas derivadas de:
discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales,
de sobredotación intelectual,
de trastornos graves de conducta,
o por hallarse en situación desfavorecida como consecuencia de factores sociales, económicos, culturales, de salud u otras semejantes”.
Planteamiento LOCE
Según la LOCE, hay 3 tipos de alumnos:
Alumnos con necesidades educativas especiales
Los alumnos con NEE que requieran, en un período de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones específicas por padecer discapacidades físicas, psíquicas, sensoriales, o por manifestar graves trastornos de conducta, tendrán una atención especializada.
Alumnos extranjeros
Para los alumnos que desconozcan la lengua y cultura españolas, o que presenten graves carencias en conocimientos básicos, se desarrollarán programas específicos de aprendizaje con la finalidad de facilitar su integración en el nivel correspondiente.
Estos programas se podrán impartir en aulas específicas. El desarrollo de éstos será simultáneo a la escolarización de los alumnos en los grupos ordinarios, conforme al nivel y evolución de su aprendizaje.
Alumnos superdotados intelectualmente
Con el fin de dar una respuesta educativa más adecuada a estos alumnos, se adoptarán las medidas necesarias para identificar y evaluar de forma temprana sus necesidades.
Se establecerán las normas para flexibilizar la duración de los diversos niveles y etapas del sistema educativo, independientemente de la edad cronológica de estos alumnos, y se fijarán los criterios para la creación de programas de intensificación del aprendizaje.
Planteamiento LOE
Con la LOE se habla de alumnos que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria, es decir, alumnado con necesidad específica de apoyo educativo:
por presentar necesidades educativas especiales (aquellos que requieran, por un período de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad física, psíquica o sensorial, o trastornos graves de conducta).
por sus altas capacidades intelectuales,
por haberse incorporado tarde al sistema educativo
o por cualquier otra circunstancia personal o familiar que suponga necesidad desde el punto de vista educativo (art. 71.2).
Alumnos con dificultades
Siempre tenemos alumnos con dificultades que:
tienen ciertos problemas para seguir el mismo ritmo que los demás,
necesitan otro tipo de atención,
demuestran algún tipo de carencias que le impiden hacer lo mismo que los demás,
tienen alguna discapacidad.
Con la LOGSE hablábamos de alumnos con necesidades educativas especiales, en cuyo grupo cabían todos, desde el inmigrante con problemas de adaptación o lenguaje, hasta el que tenía alguna discapacidad.
Con la LOCE se complicó un poco el lenguaje, ya habla de alumnos con necesidades educativas específicas, dividiéndolos en 3 grupos:
Alumnos con NEE, que serían los que tienen discapacidades físicas, psíquicas, sensoriales, o manifiestan graves trastornos de conducta.
Alumnos extranjeros que desconozcan la lengua y cultura españolas, o que presenten graves carencias en conocimientos básicos.
Alumnos sobredotados intelectualmente.
Con la LOE se habla de alumnos que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria (alumnado con necesidad específica de apoyo educativo) por:
Presentar necesidades educativas especiales,
Por sus altas capacidades intelectuales,
Por haberse incorporado tarde al sistema educativo
O por cualquier otra circunstancia personal o familiar que suponga necesidad desde el punto de vista educativo (art. 71.2)
Medidas de atención a la diversidad
Medidas implícitas en el propio desarrollo del currículo
Partir del nivel d desarrollo del alumno.
Utilizar agrupamientos flexibles.
Realizar deferentes tipos de actividades.
En una actividad, preparar diferentes niveles de dificultad.
Asegurar aprendizajes significativos.
Posibilitar que los alumnos realicen aprendizajes significativos de forma autónoma, o sea, “aprender a aprender”.
Desarrollar el principio de evaluación individual, no en función de unos criterios similares para todos, sino en función de las posibilidades de cada alumno.
Medidas específicas
Adaptaciones Curriculares
Significativas
No significativas
de acceso al currículo.
Integración en centros ordinarios o la escolarización en centros específicos
Atención educativa temprana
Escolarización en centros ordinarios
Escolarización en centros específicos
El centro en su globalidad
Cualquier actuación para afrontar situaciones de convivencia, debería tener un abordaje institucional, una forma global de tratamiento, donde todo el centro esté implicado, donde toda la comunidad educativa reme en la misma dirección.
El aprendizaje de la convivencia, la interiorización de relaciones interpersonales positivas, el desarrollo de hábitos democráticos, la práctica de actividades colaborativas…debe surgir de la propia organización del centro y del desarrollo de su currículo.
Tendremos que hablar cada vez menos de programas específicos para afrontar problemas concretos y desarrollar estructuras organizativas democráticas y participativas, así como currículos adecuados para afrontar esta realidad.
Los padres solos no pueden educar a sus hijos, hagan lo que hagan, porque no pueden protegerlos de otras influencias muy poderosas.
Los docentes solos no pueden educar a sus alumnos, por la misma razón.
La sociedad tampoco puede educar a sus ciudadanos, sin la ayuda de los padres y del sistema educativo.
La intervención de padres y maestros es imprescindible, pero todos debemos conocer sus limitaciones y reconocer que, en la tupida red de influencias en que vivimos, todos ejercemos una influencia educativa, buena o mala, por acción o por omisión…
Bibliografía
Orden de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía. http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2008/167/d/2.html
Atención a la diversidad IES Bengabirol actuaciones y medidas http://www.juntadeandalucia.es/averroes/bengabirol/orientacion/atdiversidad/index.php
Normativa actual en la Educación Especial http://www.adideandalucia.es/disposicion.php?cat=36
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