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Reflexiones sobre el rendimiento del sistema deportivo
mexicano y su reflejo en el deporte internacional

 

Consultores Deportivos
(México)

Victor de Lucio

Pedro Gómez Castañeda

pgomezca@yahoo.com.mx

 

 

 

Resumen

          Critica constructiva sobre la realidad del sistema deportivo mexicano, sus contrariedades, sus entropías, y sus posibles modificaciones a partir de la comprensión del sistema político mexicano.

          Palabras clave: Deporte mexicano. Ley General de Cultura Física y Deporte. Resultados del taekwondo mexicano. Juegos Olímpicos.

 
http://www.efdeportes.com/ Revista Digital - Buenos Aires - Año 13 - N° 124 - Setiembre de 2008

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Introducción

    Como es sabido por todos los interesados en el deporte de alto rendimiento, los Juegos Olímpicos de Beijing, mostraron una vez mas que los resultados deportivos son producto de un sistema de entrenamiento y de dirección del deporte, incluso, son resultado de una política prioritaria del Estado, tal y como lo demostró el país anfitrión. China no solo tuvo la mejor organización de los Juegos, el mejor espectáculo inaugural y de clausura, sino que además demostró su poderío a través de los resultados deportivos.

    El segundo país dentro del medallero general fue Estados Unidos al alcanzar 36 medallas doradas, a diferencia de las 37 alcanzadas en los Juegos de Atenas 2004. Por supuesto que la política para el desarrollo de los deportistas es antagónica a la que impulsa el país Chino, sin embargo en esta ocasión después de tantos años no pudieron demostrar ser los mejores.

    Como ustedes saben para la Delegación Mexicana, tal y como señalábamos en junio del presente año1, cuando ninguno de los dirigentes se atrevían a proporcionar algún pronostico, afirmábamos que en el mejor de los escenarios obtendríamos 3 medallas, hoy como ya sabemos nuestros compatriotas lograron este pronostico, una medalla de bronce en clavados sincronizados y dos de oro en taekwondo. Toda una hazaña el haber obtenido un metal dorado desde que lo logró Soraya Jiménez en Levantamiento de Pesas en Sídney 2000, y todavía mas extraordinario que lo alcanzara Guillermo Pérez, un hombre que participó en la categoría de los 58Kg en Taekwondo, ya que el ultimo hombre en lograr un oro fue Raúl González en la marcha de los 50 km en los Olímpicos de Los Ángeles 84. Y qué decir de María del Rosario Espinosa, quien demostró una vez más su calidad competitiva, al vencer a todas sus rivales por amplia ventaja.

    Aquí valdría precisar 2 aspectos importantes: primero que el taekwondo es el deporte que en las ultimas tres versiones, incluyendo Beijing, ha sido el deporte que rescata la dignidad mexicana ya que en total ha cosechado 5 medallas:

Medalla

Atleta

JJ.OO.

Bronce

Víctor Estrada

Sidney 2000

Plata

Oscar Salazar

Atenas 2004

Bronce

Iridia Salazar

Atenas 2004

Oro

Guillermo Pérez

Beijing 2008

Oro

María del Rosario Espinosa

Beijing 2008

    Segunda precisión: solo 4 deportistas de un total de 85 que asistieron fueron los que cumplieron su compromiso con la sociedad, a pesar de que algunos comentaristas e incluso dirigentes digan lo contrario, lo cierto es que en los Juegos Olímpicos se asiste con la idea de cosechar medallas, más no de mejorar marcas y records mexicanos. Nos llama la atención los comentarios de los deportistas, justificando su bajo rendimiento al decir que hicieron todo lo posible, que dejaron el corazón y que para Londres 2012 si habrá medallas. Nos parece un discurso sumamente atrevido, ya que históricamente nuestros deportistas no son ciertamente atletas que logren mantenerse en el ranking mundial por mas de 4 años, salvo algunas excepciones (sobre todo en clavados), por tanto, en principio habría que pensar en la clasificación para los siguientes Juegos, en ganar los Panamericanos y estar en las medallas de los siguientes Campeonatos Mundiales de las diferentes especialidades deportivas.

    Solo por citar un ejemplo de lo anterior, de los 4 deportistas medallistas de la edición pasada (Atenas 2004) ninguno pudo participar ahora, debido a su bajo rendimiento deportivo. Seguimos siendo el país del “ya mérito”, de “para la próxima si podremos”, “me sirvió de experiencia”, etc. Lo cierto es que mientras los dirigentes del deporte no establezcan prioridades, no desarrollen una política de desarrollo deportivo real y objetivo, no avanzaremos.

    Pero analicemos con mayor profundidad el por qué de los resultados de México en las versiones de Juegos Olímpicos. El comportamiento de México en las últimas 3 ediciones de los juegos olímpicos se muestran en el siguiente cuadro.

 

Cuadro comparativo Sidney - Atenas - Beijing

Resultado

Sydney

Atenas

Beijing

Medallistas

6

4

3

4º - 8º lugar

10

6

12

9º – 16º lugar

17

27

18

17º - 24º lugar

16

15

19

Total 1 - 24

49

52

52

    Si se analiza el siguiente cuadro nos percataremos que México está con los resultados que el sistema desarrollado le permite estar, de tal manera que en trabajos previos habíamos predicho el número de medallas que México obtendría en la edición de Juegos Olímpicos en Beijing. Ahora es natural que México obtenga estos resultados, porque sencillamente el sistema y su fundamentación jurídica lo permiten e inclusive lo fomenta.

    Analicemos la estructura de la Ley General de Cultura Física y Deporte actual con la última reforma publicada en el diario oficial de la federación 10 de marzo del 2007.

  1. Título 1 Disposiciones Generales

  2. Título 2 Sistema Nacional del Deporte

    1. Capítulo 1 Sector Público

      1. Sección 1 Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte

      2. Sección 2 Órganos estatales, Distrito Federal y Municipales de Cultura Física y Deporte

      3. Sección 3 Bases de coordinación, colaboración y concertación

      4. Sección 4 Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte

    2. Capítulo 2 Sectores Social y Privado

      1. Sección 1 Asociaciones y Sociedades Deportivas

      2. Sección 2 Asociaciones Deportivas Nacionales

      3. Sección 3 Otras Asociaciones y Sociedades

      4. Sección 4 Confederación Deportiva Mexicana

      5. Sección 5 Comité Olímpico Mexicano

  3. Título 3 Deporte profesional

  4. Título 4 Cultura Física y Deporte

    1. Capítulo 1 Infraestructura

    2. Capítulo 2 Enseñanza, Investigación y Difusión

    3. Capítulo 3 Ciencias Aplicadas

    4. Capítulo 4 Estímulo a la Cultura Física y Deporte

    5. Capítulo 5 Control de sustancias prohibidas y métodos no reglamentados en el deporte

    6. Capítulo 6 Riesgos y Responsabilidad Civil

    7. Capítulo 7 Infracciones y Sanciones

  5. Transitorios

    Una vez que hemos descrito la estructura de la ley, analicemos algunas problemáticas con la misma. Si bien no nada más hay que realizar los acostumbrados ejercicios redaccionales al estilo “…dice…, debe decir…”. Las reformas urgentes son sólo un incipiente inicio a la transformación profunda del sistema político deportivo, por tanto mientras en las instituciones que lo conforman no haya un redimensionamiento de los objetivos para los que originalmente fueron creadas, y mientras no nos percatemos que hay instituciones que históricamente han ganado atribuciones que entorpecen el desarrollo de los procesos para que las salidas del sistema deportivo se realice en forma óptima, no habrá transformación profunda del deporte mexicano.

    Si se comprendiera que necesariamente deben desaparecer del sistema nacional del deporte organizaciones que prácticamente no coadyuvan al desarrollo deportivo de México y que por el contrario limitan y sepultan las ideas progresistas para que el deporte nacional salga del ínfimo nivel en donde se encuentra. Solo entonces tendríamos aspiraciones para mejorar los resultados en cualquier ámbito.

    He aquí algunas propuestas en este sentido:

Título 2. Sistema Nacional del Deporte

Artículos Actuales

Reformas Urgentes

Explicación

Artículo 10. Entre los organismos e instituciones públicas y privadas que se consideran integrantes

del SINADE, se encuentran entre otros:

I. La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte;

II. Los Órganos Estatales, del Distrito Federal, y Municipales de Cultura Física y Deporte;

III. La Confederación Deportiva Mexicana, AC;

IV. El Comité Olímpico Mexicano, AC;

V. Las Asociaciones Deportivas Nacionales;

VI. Los Consejos Nacionales del Deporte Estudiantil, y

VII. Las Asociaciones y Sociedades que estén reconocidas en términos de esta Ley y su Reglamento.

Artículo 10. Entre los organismos e instituciones públicas y privadas que se consideran integrantes

del SINADE, se encuentran entre otros:

I. La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte;

II. Los Órganos Estatales, del Distrito Federal, y Municipales de Cultura Física y Deporte;

IV. El Comité Olímpico Mexicano, AC;

V. Las Asociaciones Deportivas Nacionales;

Derogar el decreto del 30 de diciembre de 1932 donde se crea la CODEME, actualmente no es necesario un grupo de poder político deportivo, que está a la conveniencia de los acontecimientos deportivos nacionales y cuyo presupuesto puede reasignarse a una nueva estructura que debe crearse en el máximo organismo dirigente del Deporte Nacional, la CONADE deberá crear una estructura donde atienda a las federaciones modificando sus atribuciones en el nuevo mapa político deportivo.

 

Crear una estructura que se encargue de controlar el deporte estudiantil en los diferentes sectores educativos.

 

De este hecho parte que en la reforma del SINADE, necesariamente deben desaparecer en primera instancia la CODEME y en segundo términos las organizaciones que prácticamente no contribuyen como estructuras que favorezcan las políticas nacionales en materia de cultura física.

Notas importantes

    Sobre estos cambios necesarios de las principales estructuras del sistema nacional del deporte (SINADE), en específico de la CODEME quien de acuerdo a la actual ley en su artículo 66 “…es una asociación civil con personalidad jurídica y patrimonio propio, integrada por las Asociaciones Deportivas Nacionales (Federaciones nacionales) que previamente hayan cumplido los requisitos previstos en su estatuto social, por lo que se constituye como la máxima instancia de representación de las Asociaciones Deportivas Nacionales ante cualquier instancia del sector público o privado…”

    Aquí prácticamente se le da el poder político de respaldo a las Asociaciones Nacionales ante los sectores públicos y privados, es precisamente donde la entropía comienza, porque en función de la conveniencia de la Asociación Nacional o de su “representación” oficial se pueden tomar o no ciertos acuerdos que obedezcan a intereses creados por las Asociaciones Nacionales (que en su momento analizaremos) o por los que en un momento concreto histórico dirijan a la CODEME. Pero revisemos sus atribuciones, de acuerdo con la actual ley:

  1. Participar, en la formulación de los programas deportivos de sus asociados;

  2. Atender y orientar permanentemente a sus asociados en la creación y actualización de su estructura, así como que sus estatutos no contravengan lo dispuesto en la presente Ley y su Reglamento;

  3. Vigilar y asegurar que la elección de los órganos directivos de sus asociados se realice con estricto cumplimiento de las disposiciones estatutarias y legales aplicables;

  4. Promover la capacitación y certificación de directivos, deportistas, entrenadores, jueces, árbitros y técnicos;

  5. Supervisar que sus asociados realicen sus actividades conforme a sus respectivos estatutos y reglamentos;

  6. Verificar y asegurar que los estatutos, reglamentos y demás reglamentos deportivos que expidan las Asociaciones Deportivas Nacionales, contengan con toda claridad, entre otros aspectos, los derechos y obligaciones de sus miembros asociados, deportistas y de su Consejo Directivo, así como los procedimientos disciplinarios y sanciones aplicables; 

  7. Operar la actividad de sus asociados;

  8. Promover la práctica deportiva organizadamente a través de las Asociaciones Deportivas Nacionales, y

  9. Establecer las reglas bajo las cuales deberán sus asociados llevar a cabo sus actividades.

    En la primera atribución de participar en los programas deportivos de sus asociados, de entrada, quién puede tener mayor valor técnico y mayor interés sobre el desarrollo deportivo que se manifieste en un adecuado programa deportivo con visión estratégica y prospectiva deportiva para la mejora continua del nivel deportivo del país, la CONADE como órgano del estado que de acuerdo al artículo 14 de la ley actual menciona: “La actuación de la Administración Pública Federal en el ámbito de la cultura física y del deporte, corresponde y será ejercida directamente, por un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, que será el conductor de la política nacional en estas materias y que se denominará, Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, quien contará con personalidad jurídica, patrimonio propio y domicilio en el Distrito Federal” y que obviamente su visión es mucho más amplia, por que abarca todas las problemáticas inherentes al deporte nacional en todos sus rubros o una asociación civil cuyo objeto en función del artículo 2670 de código civil implica:

    “Cuando varios individuos convinieren en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico, constituyen una asociación”

    Es de lógica elemental que ninguna asociación civil estará por encima del estado, ¡No debe estar por encima del estado! Por tanto quien mejor que la CONADE por ser la representación legítima del estado y quien destina los recursos económicos a diferentes dependencias, ¡Por supuesto que puede efectivamente sustituir a la CODEME en las orientaciones estratégicas de los planes de desarrollo deportivo en la Asociaciones Nacionales! realmente no se necesita ser Doctor en Ciencias para darse cuenta que en este rubro la CODEME ha perdido su vigencia en tiempos actuales.

    En México el Sistema Deportivo se caracteriza a diferencia de otros países por un alto nivel de dependencia al binomio Deportista – Entrenador, de tal manera que dentro de todo el sistema, este binomio es el que rige el Alto Rendimiento (Figura 1).

Figura 1. Caracterización del Sistema Deportivo Mexicano

    Para explicar este fenómeno, revisemos diferentes puntos de vista:

Federaciones Nacionales

    Las Federaciones Nacionales o Asociaciones Nacionales de las diferentes disciplinas deportivas en México, bajo la concepción de que son la “autoridad máxima nacional en la materia” adoptan un papel peculiar, donde según ellas tanto el deportista como el entrenador son de su propiedad, es decir son propiedad exclusiva de la federación deportiva y que ésta “hace un favor al país” prestando al deportista o al entrenador para determinadas competencias internacionales. Esta es una situación que se repite constantemente, aunque cabe hacer mención que las federaciones en México subsisten gracias al recurso financiero erogado por parte del Estado, es decir viven de los impuestos de los contribuyentes, sin embargo hay ocasiones en que este aspecto pareciera olvidarse. Cuando existe un desacuerdo en determinado momento con las políticas deportivas nacionales, estos organismos adoptan actitudes como:

  • Limitar y bloquear a deportistas y/o entrenadores que no se sometan a los “lineamientos” que establece la Federación.

  • “Castigar” a los deportistas y/o entrenadores que violen las disposiciones oficiales de las “supremas autoridades” de la Federación Deportiva.

  • No avalar eventos deportivos por no informar o no cubrir debidamente los requisitos que la Federación exige.

    Actitudes como estas y otras de diferente índole que en esencia pareciera que obedecen más que aspectos técnicos a económicos, porque la mayoría de las veces la asignación de recursos es el disparador de las discrepancias entre las federaciones deportivas y el Estado. En caso la Ley General de Cultura Física y Deporte publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 24 de febrero del 2003 promueve en cierta medida estas características de comportamiento, al estar con libertad de interpretación los artículos referentes a las Asociaciones Nacionales (Cuadro 3), esta misma ley tiene una reforma del 10 de abril del 2007.

Cuadro 3. Artículos relacionados con las Asociaciones Nacionales LGCyD última reforma 10 abril del 2007.

 

Artículo 44. Serán registradas por la CONADE como Asociaciones Deportivas, las personas morales, cualquiera que sea su estructura, denominación y naturaleza jurídica, que conforme a su objeto social promuevan, practiquen o contribuyan al desarrollo del deporte sin fines preponderantemente económicos.

Artículo 47. Para los efectos de la presente Ley, las Asociaciones Deportivas se clasifican en:

  1. Equipos o clubes deportivos;

  2. Ligas deportivas;

  3. Asociaciones Locales, Regionales o Estatales, y

  4. Asociaciones Deportivas Nacionales.

Artículo 52. Las Asociaciones Deportivas Nacionales debidamente reconocidas en términos de la presente Ley, además de sus propias atribuciones, ejercen por delegación funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes colaboradores del Gobierno Federal, por lo que dicha actuación se considerará de utilidad pública. Además de las actividades propias de gobierno, administración, gestión, organización y reglamentación de las especialidades que corresponden a cada una de sus disciplinas deportivas, ejercen bajo la coordinación de la CONADE las siguientes funciones públicas de carácter administrativo:

  1. Calificar y organizar en su caso, las actividades y competiciones deportivas oficiales;

  2. Actuar en coordinación con sus asociados en la promoción general de su disciplina deportiva en todo el territorio nacional,

  3. Colaborar con la Administración de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal y de los Municipios en la formación de técnicos deportivos y en la prevención, control y represión del uso de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y métodos no reglamentarios en el deporte.

Artículo 53. Las Asociaciones Deportivas Nacionales son la máxima instancia técnica de su disciplina y deberán representar a un solo deporte en todas sus modalidades y especialidades, en los términos del reconocimiento de su respectiva Federación Deportiva Internacional.

Artículo 54. Las Asociaciones Deportivas Nacionales se rigen por lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento, las demás disposiciones jurídicas que les sean aplicables y por sus estatutos y reglamentos.

Artículo 57. Las Asociaciones Deportivas Nacionales serán las únicas facultadas para convocar a competiciones realizadas bajo la denominación de “Campeonato Nacional” con estricto apego a los estatutos y reglamentos aplicables, y de acuerdo a los criterios que fije la CONADE.

    Como se puede interpretar los diferentes artículos de la ley, en el caso del Art.44 donde aparentemente las Asociaciones Nacionales no tienen fines preponderantemente económicos aunque en la práctica puede comportarse de una forma diferente, en el momento que un deportista trasciende en ámbito internacional automáticamente se convierte en la bandera de la demanda de recurso financiero al estado, además de la “exigencia” de trato especial. Como “colaboradoras” de la administración pública, se toman en muchas ocasiones la atribución de trazar objetivos de desarrollo deportivo que responden de forma unidireccional a sus objetivos personales y en el momento en que las decisiones del estado no convengan a los intereses económicos de las federaciones, entonces éstas toman decisiones contrarias a los intereses nacionales en el único ámbito donde las Federaciones Mexicanas Deportivas o Asociaciones Nacionales Deportivas se desenvuelven2: El Deporte de Rendimiento. Además en el reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte se refirman los comportamientos y actitudes autoritarias y de explotación a sus agremiados, con los derechos y obligaciones que se enmarcan, revisemos la relación que existe con el reglamento de la ley general de cultura física y deporte publicado en Diario Oficial de la Federación el 16 de abril del 2004 (Cuadro 3)

Cuadro 3 Artículo del Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte del 16 de abril del 2004 última reforma.

 

Artículo 38. Las asociaciones deportivas nacionales tienen, los siguientes:

  1. Derechos:

    1. Ejercer sus atribuciones como la máxima instancia técnica de su disciplina, representando a un solo deporte en todas sus modalidades y especialidades, incluyendo las actividades profesionales, si las hubiere;

    2. Recibir los apoyos económicos, de gestión, materiales o técnicos que conforme a las normas correspondan para elaborar y llevar a cabo su programa de actividades destinado al desarrollo, fomento y promoción del deporte de que se trate;

    3. Utilizar instalaciones deportivas públicas, para lo cual deberán llenar un formato en el que se indique el evento deportivo, la actividad a realizar, la disciplina de que se trate, el horario y la fecha de utilización, la instalación que se solicita, la lista de nombres de los atletas que acudirán y el nombre del responsable del grupo, y

  2. Obligaciones:

    1. Elaborar su estatuto y reglamentos sin contravenir lo dispuesto por los ordenamientos jurídicos aplicables y las disposiciones que emita el SINADE, los cuales deberá contener los lineamientos y criterios bajo los cuales se ejercerán los recursos públicos que en su caso se otorguen;

    2. Reconocer, avalar, registrar y afiliar a sus miembros;

    3. Tener su domicilio social en territorio nacional;

    4. Elaborar, aplicar y evaluar un programa de actividades, así como el calendario de eventos deportivos y actividades relevantes;

    5. Rendir a CONADE un informe sobre el destino de los recursos públicos otorgados para la aplicación de sus programas de actividades, de conformidad con la Ley, las Reglas de Operación…

    Al ser la máxima autoridad técnica sobre determinada disciplina deportiva, además del derecho de tener un recurso económico asignado por ley, pueden al interior de sus agremiados tomar cualquier tipo de actitudes que van desde la coerción, la intimidación hasta el límite de truncar carreras deportivas de atletas y entrenadores que mejor le venga en gana a la mesa directiva que en un momento determinado esté al frente. Estas situaciones predominan en la mayoría de las Asociaciones Deportivas Nacionales

    Pero el resultado del comportamiento actual del deporte mexicano y su reflejo en las justas internacionales, consideramos que no solo se resuelven con un simple cambio de “Plan Nacional de Desarrollo Deportivo” o la creación de un nuevo “Sistema Mexicano de Alto Rendimiento”, el comportamiento obedece a leyes económicas, políticas y sociales, de tal manera que el deporte es sólo una resultante de la superestructura de México, basado en determinadas relaciones de producción, México como una de las economías emergentes de Latinoamérica con la tendencia constante en la importación de capitales provoca que el sistema deportivo en sí tenga comportamientos neoliberales donde el control político, social y económico del deporte esta sólo en manos de ciertos “personajes” que seguirán controlando el devenir histórico del deporte mexicano, porque sencillamente pertenecen a la casta que controla el poder político del país.

    Sólo modificando las relaciones de producción, transformando la base donde se edifica la superestructura sociopolítica y económica del país, entonces se podrá avanzar a modelos deportivos donde el verdadero sentido de rendimiento y representación patriótica sea el fundamental objetivo, donde los deportistas disputen en las justas internacionales el nombre del país que los vio nacer y que no solo sean un producto de consumo masivo, una mercancía que por unos pesos vendan su talento deportivo sin sentir verdaderamente la nacionalidad que representan.

    Observando ejemplos claros desde la mitad del siglo XX, en algunos países latinoamericanos e incluso asiáticos, tal vez sea necesario cuestionarse urgentemente si el sistema político mexicano actual favorece el avance del Alto Rendimiento Deportivo, aunque llama la atención las declaraciones en la Prensa Escrita de México de un importante personaje del deporte en respuesta al periodista llamado Carlos Alazraki donde indica su percepción sobre el desempeño de México en Beijing:

    “Debo señalarte que aunque la respeto mucho, no comparto tu apreciación sobre los resultados obtenidos por México en los pasados Juegos Olímpicos de Beijing y mucho menos las causas a que los atribuyes…

    Sinceramente considero que México tuvo una actuación digna en los pasados Juegos de Beijing al ubicarse en el lugar 36 entre los 204 países participantes. Nuestros atletas, que merecen toda la admiración y respeto, lucharon hasta el límite de sus fuerzas para defender y poner en el lugar más alto el nombre de México…

    Como dirigente del Movimiento Olímpico y por un principio ético elemental no puedo compartir tus comentarios negativos sobre los dirigentes del Comité Olímpico Mexicano y de las Federaciones Deportivas Nacionales. Por mis responsabilidades en el deporte, conocí a varios de ellos y merecen todo mi respeto.” 3

    El mensaje está muy claro. Los males de nuestra Patria vienen con el desconocimiento de la historia real de nuestro país de tal manera que la ausencia total de patriotismo es de tal magnitud que aquí se canta mucho el himno nacional y se habla de la Patria, se habla de Morelos, de Juárez pero muy pocos en realidad sienten en verdad el patriotismo. Aquí es el colmo de nuestra indiferencia por los problemas de la Nación, que hemos llegado a tal grado, nos hemos denigrado tanto que necesitamos ponerle nombres norteamericanos o franceses a los productos y servicios que aquí se producen, desestimando la identidad mexicana, de tal manera que para que algo les interese a los mexicanos, es necesario ponerles nombres extraños, y así en todos los órdenes, en todos los aspectos de la vida nacional, hemos perdido la sensibilidad patriótica. Por supuesto en el deporte también.

Notas

  1. http://www.efdeportes.com/efd121/analisis-del-comportamiento-deportivo-mexicano.htm. EFDeportes.com, Revista Digital - Buenos Aires - Año 13 - N° 121 - Junio de 2008.

  2. Para efecto de este trabajo la denominación de Federación Mexicana es similar a la de Asociación Nacional, en México hasta finales de la década de los años 90 el nombre de Federación estaba muy posicionado con sus afiliados, actualmente la Ley General de Cultura Física y Deporte implementó el término de Asociación Deportiva Nacional, aunque aún en sectores de los afiliados deportivos la palabra “Federación” implica una sentimiento de “autoridad suprema” sobre la disciplina deportiva.

  3.  http://www.cronica.com.mx/nota.php?id_nota=382480.

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